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TEXTOS DE PAU HISTORIA DE ESPAÑA
TP1. La constitución de Cádiz - resumen

Introducción
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Este es el texto 1 de PAU reducido. Aqui esta redactado para servirte como ejemplo. Debes, sin embargo, a partir de este ejemplo, realizar tu propia redacción, haciendole tuyo. Lee los archivos recomendados del menu izquierdo.

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Constitución de 1812

"Art. 1. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.
Art. 2. La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.
Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
Art. 4. La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen [...].
Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única y verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra [...].
Art. 14. El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria.
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey.
Art. 17. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los tribunales establecidos por ley".
Cádiz, 19 de marzo de 1812

 

 

Contextualización

Es este un fragmento de la constitución española de 1812, primera de la historia y del liberalismo español. Es un texto legislativo-constitucional, de caracter politico.
El autor son las cortes generales ( no estamentales, por primera vez) y extraordinarias de Cadiz, convocadas por el Consejo de Regencia durante la guerra de independencia. La fecha se corresponde con esta guerra, provocada por la invasión francesa, tras las abdicaciones de Bayona. Este hecho, en pleno Imperio Napoleonico en Europa, va a ser el inicio del final del Antiguo Regimen en España, que llevará a la burguesia a la instauración de un sistema liberal burgues y a la aparición de las primeras formas capitalistas.
El destinatario es doble. De un lado el pueblo español, al que se intenta argumentar la reforma legal en marcha, y se justifica la necesidad y obligación de la lucha contra el frances, sin por ello minar las tradiciones nacionales. De otro el texto es un desafio al poder frances, militar y politicamente, al rechazar la figura de Jose I, y la legimimidad de su Estatuto de Bayona.

Analisis

El texto se organiza en dos grandes bloques de contenido.
El primero (ln. 1-7), es el preambulo o parte expositiva, donde se nos prsenta a los autores (las cortes generales y extraordinarias, figura opuesta a los estados estamentales) y la motivación (la reforma de las anteriores leyes en aras al progreso - termino ilustrado, que nos anticipa la base ideologica del documento).
El segundo bloque es el articulado o parte dispositiva, que aborda tres ideas. Los articulos 1 a 6 abordan el tema de la nación, integrando en plena igualdad a los ciudadanos americanos (1), depositando la soberania en la nación (regresando a la tradicion de las cortes medievales y evitando asi la entrega legal de esta por las abdicaciones de Bayona), y establece derechos y obligaciones.
La segunda gran idea queda explicitada en el articulo 12. Es una afirmación tajante de la confesionalidad del estado. Mas que por convicción para tranquilizar a la iglesia y a los sectores sociales mas conservadores (campesinado libre y nobleza), que asocian las reformas, de origen frances, a una revolución atea y antimonarquica contraria a los intereses y tradiciones de España.
La tercera idea describe los tres poderes del estado, definiendo claramente el ejecutivo I(el rey), el legislativo (las cortes, en este caso unicamerales) y el judicial. El texto pretende ser claro y evitar abusos posteriores, por ello explica las condiciones para ser diputado, la capacidad autonoma de las cortes para reunirse, el control de los ministros y el control del rey, al que se dedica un largo articulo (172), basado en la propia experiencia del reino (no se puede casar, ausentar, ceder la corona o salir al extranjero sin permiso), que mas que inspirado en el ideario liberal representa la preocupación hacia el comportamiento de Carlos IV.

Comentario

Este fragmento de la constitución de 1812 representa el punto inicial de la caida del Antiguo Regimen [aqui explicaremos que es eso y las causas de su caida, tal como nos cuenta el tema 29] en España y el inicio de un proceso historico, que llevaria a mediados del XIX a la consolidación del regimen liberal. Representa por tanto el triunfo de las ideas ilustradas, el fin de estamentos y privilegios y el ascenso al poder de un nuevo grupo social, que impondra nuevos conceptos de soberania, practica politica y acción economica, mas afines a sus intereses, según vamos a ir comentando.
El texto se redacta en plena Guerra de la Independencia [ explicamos que es, como se llega a esta situación y por que en plena guerra aparecen las Cortes de Cadiz, según nos cuenta el tema 30]. Esta situacion excepcional va a ser la explicación decisiva del documento. El sitio de Cadiz por los franceses influye en que la presencia de diputados no va a ser representativa de la realidad social del pais, dado que muchos diputados del norte, mas conservadores [desde la reconquista y repoblacion], no podran llegar. De otro lado, Cadiz, puerto colonial facilita una fuerte influencia de las ideas ilustradas y liberales de America, que hierve desde la independencia de Estados Unidos. Pero por otro lado, no olvidemos que las cortes representan la resistencia ante Francia, cuna de las ideas ilustradas, la posible identificación entre Francia y reforma hace que este documento se plantee moderado, para evitarlo, y para no sembrar discordias entre las facciones que luchan contra el frances. Una última causa que influye en el texto es Jose I. Su Estatuto de Bayona [30] obliga a las cortes a crear una constitución como reacción. De otro lado obliga a romper el tracto de sucesión, que en este momento se encuentra en Jose I por las abdicaciones de Bayona. Las cortes recuperan la tradición medieval de ser depositarias junto al rey de la soberania para evitar reconocer los derechos del frances. Si asumieran la soberania monarquica o la recibiesen del rey, se colocarian a las ordenes del "legitimo" Jose I.
El texto sigue un esquema clasico de contenidos. Tras el preambulo se expone la soberania, que pasa a ser nacional [30], primera ruptura con el Antiguo Regimen, por razones ilustradas [*] y por las expuestas antes. Los derechos va a ser amplios, politicos y asegurados, como corresponde al primer liberalismo, aunque estan envueltos en una vision muy voluntarista, benefactora y rousoniana, aludiendo repetidas veces a valores ilesgilables, como el bien comun o la necesidad de actuar positivamente, algo alejado de la realidad juridica y muy en la linea romantica. Llama la atención la redacción tajante del articulo 12, muy motivado por la guerra, pero que se encuentra en contradicción con la declaracion de derechos.. El voto, que aparece por primera vez es censitario [*], lo que representa el triunfo de la burguesia y la constatación de que emerge un nuevo poder al margen del pueblo. Estos articulos representan al mismo tiempo el fin del sistema estamental y de privilegios. Siguiendo las teorias ilustradas, se plantea una estricta separación de poderes, garantia de control del rey al rey y de protección de los derechos y la soberania, asi se describen

 

 



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