El
ministerio de Educación modifica los criterios
de la prueba de acceso a la universidad (PAU) y admisión
en universidades públicas , con respecto a las
materias a tener en cuenta en la fase específica
En
el BOE del pasado 13 de febrero fue publicada la Orden
EDU/268/2010, de 11 de febrero por la que se introduce
una nueva Disposición Transitoria Única
en la Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por el que se
“actualizan” los Anexos del Real Decreto 1892/2008,
de 14 de noviembre por el que se regula la PAU y los procedimientos
de admisión a las Universidades públicas.
Como ya sabemos la nueva PAU establece una fase general
(obligatoria) y una fase específica (voluntaria).
Cuando en la admisión a las enseñanzas oficiales
de Grado deba acudirse a un procedimiento de concurrencia
competitiva, las Universidades públicas utilizarán
la denominada “nota de admisión”. Esta
será la calificación de la prueba de acceso
más el 10% o 20% de la calificación del
ejercicio/s realizado/s en la fase específica,
siempre y cuando dichas materias estén adscritas
a la rama de conocimiento del título al que se
quiera ser admitido, de acuerdo con el Anexo I del Real
Decreto, anexo que fue modificado por la Orden EDU/1434/2009.
Pues bien, en la adscripción de las materias de
modalidad a las ramas de conocimiento en las que se agrupan
los títulos universitarios se habían producido
ciertos cambios que podían afectar a las previsiones
de los alumnos que actualmente
cursan 2º de bachillerato.
La Orden EDU/268/2010, de 11 de febrero, determina que
los alumnos que actualmente cursan 2º de Bachillerato
y que se presenten en el año 2010 a la PAU, y que
se vean afectados por el cambio de adscripción
de un título universitario a una
rama de conocimiento distinta de la prevista, su nota
de admisión incorporará las calificaciones
de las materias de la fase específica, con independencia
de que dichas materias estén adscritas a la nueva
rama de conocimiento del título que desean cursar.
Tal medida sólo será de aplicación
para la admisión a las Universidades públicas
en el curso 2010/2011. Con todo, y aun siendo una buena
noticia os recordamos que conforme el Real Decreto 1393/2007,
de 29 de octubre (BOE, del 30 de octubre), le corresponde
a la Universidad adscribir cada título de grado
a una de las ramas de conocimiento en las que se agrupan,
a saber: Artes y Humanidades; Ciencias; Ciencias de la
Salud; Ciencias Sociales y Jurídicas; e Ingeniería
y
Arquitectura, por lo que ahora debemos esperar que coeficiente
(0,1 o 0,2) se asigna a cada asignatura, siendo lógico
pensar que se beneficiará a las asignaturas vinculadas,
asignadolas 0,2.

BOLETÍN
OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39 Sábado 13 de febrero de 2010 Sec.
I. Pág. 13046
I.
DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
2330
Orden
EDU/268/2010, de 11 de febrero, por la que se modifica
la Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por la que se actualizan
los anexos del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre,
por el que se regulan las condiciones para el acceso a
las enseñanzas universitarias oficiales de grado
y los procedimientos de admisión a las universidades
públicas españolas.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39 Sábado 13 de febrero de 2010 Sec.
I. Pág. 13046
cve: BOE-A-2010-2330
El
Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que
se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas
universitarias oficiales de grado y los procedimientos
de admisión a las universidades públicas
españolas, establece en su anexo I, modificado
por Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, la adscripción
de las materias de modalidad del bachillerato a las ramas
de conocimiento en que se estructuran las enseñanzas
universitarias oficiales.
Por otra parte, el artículo 12.4 del Real Decreto
1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la
ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales, establece que la Universidad propondrá
la adscripción del correspondiente título
de Graduado o Graduada a alguna de las siguientes ramas
del conocimiento: Artes y Humanidades; Ciencias; Ciencias
de la Salud; Ciencias Sociales y Jurídicas; e Ingeniería
y Arquitectura.
En aplicación de esta disposición, los títulos
universitarios a los que se accedía desde cualquier
modalidad de bachillerato, quedan adscritos a una rama
del conocimiento determinada. Este cambio de adscripción
ha podido afectar las expectativas del alumnado que cursa,
actualmente, una modalidad de bachillerato que aunque
tradicionalmente quedaba adscrita a una rama del conocimiento,
ya no lo está. La consecuencia es que la calificación
que obtuvieran los estudiantes en la fase específica
de la prueba de acceso a la universidad no podría
ser tenida en cuenta para calcular la nota de admisión,
lo cual les perjudicaría, especialmente, en el
caso de que se dieran procedimientos de concurrencia competitiva
para la admisión a determinadas enseñanzas
universitarias oficiales.
La disposición final tercera del Real Decreto 1892/2008,
autoriza al titular del Ministerio de Educación,
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 542/2009,
de 7 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos
ministeriales, para la modificación y actualización
de los anexos. Corresponde ahora, de forma transitoria
para los próximos procedimientos de admisión
al curso 2010-2011, adoptar una medida que permita a los
estudiantes afectados por el cambio de adscripción
a ramas del conocimiento de los títulos universitarios
oficiales, examinarse, de acuerdo con la modalidad del
bachillerato que están cursando actualmente, de
las materias que elijan en la fase específica y
que su calificación sea incorporada a la nota de
admisión independientemente de que tales materias
estén o no adscritas a la rama del conocimiento
del título al que quieran ser admitidos.
De
acuerdo con ello, procede la aprobación de la presente
orden.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la
Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por la que se actualizan
los anexos del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre,
por el que se regulan las condiciones para el acceso a
las enseñanzas universitarias oficiales de grado
y los procedimientos de admisión a las universidades
públicas españolas.
Se añade una disposición transitoria única
a la Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, con la siguiente
redacción:
cve: BOE-A-2010-2330
BOLETÍN
OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39 Sábado 13 de febrero de 2010 Sec.
I. Pág. 13047
http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D.
L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
«Disposición transitoria única. Incorporación
de las materias de la fase específica para el cálculo
de la nota de admisión.
1. Para los estudiantes que estén cursando en el
año académico 2009-2010 el segundo curso
de bachillerato, que se presenten en el año 2010
a las pruebas de acceso a la universidad, y que se vean
afectados por el cambio de adscripción de un título
universitario a una rama de conocimiento, la nota de admisión
incorporará las calificaciones de las materias
de la fase específica, independientemente de que
estén adscritas, según el anexo I del Real
Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, a la nueva rama
de conocimiento del título al que quieren ser admitidos.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior será únicamente
de aplicación a los procedimientos que se celebren
para la admisión a las universidades públicas
en el curso 2010-2011.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente
al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 11 de febrero de 2010.–El Ministro de Educación,
Ángel Gabilondo Pujol